v El próximo lunes 12 de junio, último día para postularse.
v Interesados podrán inscribirse en forma personal o mediante organizaciones no partidistas.
El Vocal Ejecutivo de la Junta Local del INE en Yucatán, C.P. Fernando Balmes Pérez recordó que el próximo lunes 12 de junio, vence el plazo para que ciudadanas y ciudadanos se postulen o sean postulados por organizaciones civiles, de la academia o la iniciativa privada, como aspirantes a integrar el Consejo local del Instituto en la entidad.
El funcionario del Instituto Nacional Electoral (INE) expuso se está en la búsqueda de las y los ciudadanos mejor capacitados para integrar este órgano, entre cuyas acciones está vigilar y supervisar las tareas que realizará la Junta Local durante los procesos electorales federales 2017-2018 y 2020-2021.
Esta tarea, abundó, debe ser vista como un servicio a la comunidad y no como un trabajo, en especial cuando sabemos que desde los órganos de dirección del INE hasta los órganos electorales, consejos distritales, la integración de casillas, entre otros, están a cargos de los propios ciudadanos.
En este contexto, exhortó a las y los ciudadanos a participar como consejeras o consejeros porque “por primera vez se dará una situación de elección concurrente. Vamos a tener la elección local con la federal y seis cargos de elección popular estarán en juego y probablemente alguna consulta popular. Esto es fundamental y tenemos que tener la capacidad de servir a nuestra ciudadanía”.
Balmes Pérez reiteró que el plazo de inscripción está abierto hasta el próximo día 12 de junio y se requiere de seis consejeras y consejeros propietarios, así como igual número como suplentes, además de privilegiarse la equidad de género.
Entre los requisitos que deben cumplir los aspirantes se encuentra el ser mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad; estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar; tener residencia de dos años en Yucatán y, no haber sido registrado como candidato a cargo alguno de elección popular en los tres años inmediatos anteriores a la designación.
También el no ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los tres años inmediatos anteriores a la designación; así como gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito alguno, salvo que hubiese sido de carácter no intencional o imprudencial, entre otros
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