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viernes, 15 de octubre de 2021

Entre los abusos se encuentra la modificación de paredes y apertura de túneles

 
Por daños irreversibles al medio ambiente clausuran el proyecto "Xibalbá"

Los desarrolladores realizaron obras no autorizadas por la SEMARNAT

Entre los abusos se encuentra la modificación de paredes y apertura de túneles en cuerpos de agua altamente vulnerables conocidos como cenotes. 

Valladolid, Yucatán a 15 de octubre de 2021.- Con toda la alevosía que conlleva a un daño ambiental de gran magnitud, la gestoría ambiental BIOCENOSIS A.C. no presentó ante la SEMARNAT en Yucatán los datos de obras complementarias y no contempladas en los resolutivos de los proyectos denominados "Desarrollo Ecoturístico Xibalbá" y "Caminos complementarios para el acceso y operación del Desarrollo Ecoturístico Xibalbá" sometidos a evaluación en materia de impacto ambiental ante la delegación en Yucatán de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) dichos resolutivos están fechados en diciembre de 2016 y octubre de 2020 respectivamente, y corresponden únicamente a aspectos relacionados con el cambio de uso de suelo de los proyectos antes mencionados. 


Según información obtenida por Grupo Muro Noticias, el pasado 13 de octubre de este año personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) se apersonó a las instalaciones de dicho parque en construcción,  en donde llevaron al cabo la clausura temporal de las obras del famoso proyecto ecoturístico, todo esto en seguimiento a la visitada realizada por los inspectores federales el pasado 29 de septiembre al sitio en cuestión, en donde pudieron acreditar la realización arbitraria de obras y acciones no contempladas en los resolutivos ambientales emitidos para dichos proyectos por parte de la autoridad federal correspondiente. 

Estas acciones de manipulación libre del entorno natural son catalogadas como delito ambiental conforme a lo estipulado en el Código Penal Federal en su artículo 420 Quater en las fracciones II y IV, en donde claramente se establece que será motivo de delito ambiental quién:  fracción II.- Asiente datos falsos de los registros, bitácoras o cualquier otro documento utilizado con el propósito de simular el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normatividad ambiental federal y fracción  IV.-  Prestando sus servicios como auditor técnico, especialista o perito o especialista en materia de impacto ambiental, forestal, en vida silvestre, pesca u otra materia ambiental faltare a la verdad provocando que se cause un daño a los recursos naturales, a la flora, a la fauna, a los ecosistemas, a la calidad del agua o al ambiente.


Entre las obras y acciones no autorizadas por la instancia federal ambiental que se realizaron en el terreno ubicado en una comisaría perteneciente al Municipio de Valladolid, los efectivos federales pudieron constatar la ejecución de excavaciones en la laja calcárea hechas a hasta cerca de 20 metros de profundidad en donde se alcanzó el manto freático en varios puntos del terreno, pero el daño causado va más allá debido a que también, se localizaron afectaciones directas a cuerpos de agua subterránea (Cenotes) en donde se pueden observar modificaciones en paredes, apertura de canales de navegación, túneles, así como la edificación de andadores y escaleras de cemento y material pétreo que llegan hasta el nivel del cuerpo de agua, estas alteraciones al entorno natural incluyen habilitación de rutas subterráneas dañando de forma irreversible a los cenotes localizados en la zona, cabe hacer mención que este tipo de obrasl no fueron incluidas en las manifestaciones de impacto ambiental sometidas a evaluación ante la SEMARNAT y por ende no se encuentran autorizadas en los resolutivos ambientales correspondientes.



La información obtenida por Grupo Muro Noticias en investigación propia, demuestra una clara violación a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), promulgada el 28 de enero de 1988 y pone evidencia una dolosa forma de actuar de los desarrolladores del proyecto propiedad del "Grupo Xcaret" en donde la cuantiosa inversión no justifica un daño de tal magnitud y mucho menos las consecuencias graves al entorno ambiental, todo esto anteponiendo los intereses económicos muy por encima de los beneficios ambientales comunitarios, no se puede solapar la destrucción de los recursos naturales de alta vulnerabilidad como lo es el manto freático, ya que se está poniendo en riesgo y comprometiendo el recurso natural para las generaciones actuales y futuras. 


La clausura ejecutada por la PROFEPA al proyecto antes mencionado, deberá seguir el procedimiento de ley a corde a las violaciones cometidas a la normatividad federal vigente en la materia, esta situación pone en riesgo la finzaliación del majestuoso proyecto además de exhibir situaciones muy delicadas que incluso pudieran considerarse como una bulra a las autoridades y más aún, promomueven el daño desmensurado de los recursos naturales, este tipo de acciones van en contra del bienestar de todos los habitantes del estado de Yucatán.

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