Tras la denuncia interpuesta por la afectada, los especialistas de la Fiscalía iniciaron la indagatoria e integraron la carpeta de investigación correspondiente, la cual derivó en la causa penal 196/2021, donde se establece que los hechos ocurrieron el pasado 26 de julio del año en curso, cuando la víctima se encontraba en un cuarto utilizado como comedor en el interior de una tienda de conveniencia, donde se encontraba inclinada, momento que aprovechó el encausado para cometer el agravio sexual, aun con la ropa puesta, motivo por el cual se denunció su acción.
Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, los fiscales de litigación formularon la imputación del delito y expusieron los datos de prueba para pedir se resolviera la situación legal del encausado, quien se acogió a la ampliación del término legal de 144 horas para definir su condición jurídica.
Por último, esta representación social argumentó la necesidad de imponer medidas cautelares al encausado, por lo que el Juez Segundo de Control estableció que el imputado acuda a firmar periódicamente al Centro Estatal de Medidas Cautelares, tiene prohibido salir del Estado sin autorización judicial, debe someterse al cuidado y vigilancia del citado Centro, además se le prohíbe acercarse al lugar de los hechos y a la víctima, además deberá usar un localizador electrónico por todo el tiempo que dure el proceso.
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